Mtro. David Wrooman Chief Consultant
Sí en Diciembre, aumentan los consumos, según la estadística en 6C.
Anteriormente, empleados, clientes y conocidos, me han preguntado algo que se repite, el cómo, cuándo para qué: antidoping (Análisis Toxicológicos con fines Laborales).
Estas pruebas en ocasiones generan duda, ya que puede pensarse que la empresa está violando los derechos de la persona que solicita el empleo.
Pueden ser utilizados por norma o por altas directrices.
La realización de estas pruebas es totalmente legal y tienen un porqué.
¿CÓMO HACERLO?
Según la Ley Federal del Trabajo y la Norma Oficial Mexicana, entre otros reglamentos o políticas internas: El procedimiento es preventivo y/o correctivo para evitar riesgo empresarial, en contra de accidentes, contaminaciones o por medidas de certificación, las cuales se ocuparán para obtener un documento que avale los procedimientos necesarios con un fin, por ejemplo: BASC, que busca exportar alimentos sin riesgos de contaminación, entre varios otros.
Deben saber los empleados que es legal, además, puede ser utilizado para dar de baja, sin responsabilidad patronal. Esto puede ser un tema delicado, pero la ley avala la aplicación y prohibición del derecho de veto del empleado. En otras palabras:
No se pueden negar a someterse a un examen.
En el artículo 134 Fracción X de la Ley Federal del Trabajo, se declara que el trabajador tiene la obligación de:
"Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
LFT, Capitulo II “Obligaciones de los Trabajadores”, Artículo 134, fracción X. Queda prohibido a los trabajadores: Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, además, como la de los establecimientos o lugares en que el trabajo se desempeñe. LFT, Capitulo II “Obligaciones de los Trabajadores”, Artículo 135, fracción I. Queda prohibido a los trabajadores: Presentarse al trabajo en estado de embriaguez LFT, Capitulo II “Obligaciones de los Trabajadores”, Artículo 135, fracción IV. Queda prohibido a los trabajadores: Presentarse al trabajo bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner el hecho en conocimiento del patrón y presentarle la prescripción suscrita por el médico.
LFT, Capitulo II “Obligaciones de los Trabajadores”, Artículo 135, fracción V.
El Reglamento (Interior de Trabajo) contendrá: Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades.
LFT, Capitulo V “Reglamento Interior de Trabajo”, Artículo 423, fracción VIII.
El patrón queda exceptuado de las obligaciones que determina el artículo anterior (riesgos de trabajo), en los casos y con las modalidades siguientes: II. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante.
LFT, TITULO NOVENO “Riesgos de Trabajo”, Artículo 488, fracción I y II.
Queda prohibido a los trabajadores: II. Usar narcóticos o drogas enervantes dentro o fuera de sus horas de trabajo, sin prescripción médica. LFT, Capítulo VI “Trabajadores de autotransportes”, Artículo 261, fracción I y II. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: XVIII. Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante.
Adicionalmente, se necesitará tener los comprobantes y correctos procedimientos para lograr una seguridad de que no se pueda demandar al patrón en el peor de los casos o lo más temido: Dar positivo en las pruebas, esto según la correcta rescisión de las relaciones de trabajo, LFT, Capítulo IV Artículo 47, fracción I.
[...]"
Por otro lado, "de acuerdo al Informe mundial sobre las drogas 2015 de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) “se estima que un total de 246 millones de personas, o una de cada 20 personas de edades comprendidas entre los 15 y 64 años, consumieron drogas ilícitas en 2013.
[...]"
En México, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a través de sus lineamientos para la prevención y atención a las adicciones determina que “en términos generales, el abuso y la dependencia de tabaco, alcohol y de otras drogas afecta seriamente la salud, la calidad de vida y el rendimiento del trabajador, disminuyendo la calidad de su trabajo, la de su equipo, su productividad y la de la empresa.
[...]"
Así, estudios realizados por varias empresas dedicadas a aplicar pruebas antidoping como las farmacéuticas o por fines de SHE (Seguridad, Higiene y Ecología) aseguran que las personas que consumen algún tipo de droga tienen un 80% menos de capacidad de concentración afectando su eficiencia en el desempeño de sus actividades y un 70% de riesgo probable en el aumento de accidentes laborales, causando a la empresa un mayor gasto en cobertura de incapacidades, contratación de nuevo personal para cubrir estos puestos, y obviamente el aumento de la prima de riesgos.
En nuestros estudios en 6C, se informa que: "La persona a evaluar declara que la información manifestada en este estudio es verdadera, por lo cual tendrá vigencia y entrará en vigor el Artículo 47º. Fracción I de la Ley Federal del Trabajo. Aplica para responsabilidad patronal después del primer mes contratado.
La NOM-030-STPS-2009 regula en su artículo II.2.1.1: Para cumplir con Nuevo Ingreso se establecerán los perfiles biológicos de aptitud de los candidatos para el puesto de trabajo específico. a) Personal de producción b) Administrativo: Para establecer el perfil biológico se requiere determinar las características siguientes: antropométricas; capacidades físico funcionales (agudeza visual, capacidad auditiva, capacidad cardiopulmonar); psicológicas y de la personalidad; enfermedades transmisibles; toxicomanías, entre otras. Estudios de laboratorio y gabinete pertinentes, entre otros."
Ya explicado esto legalmente, con una base del procedimiento legal muy amplia.
Se recomendará siempre que los empleados que son sometidos, sean exclusivamente realizados en laboratorios o consultores expertos en el área, ya que los verdaderos análisis toxicológicos, incluyen medidas muy importantes para la correcta aplicación entre ellos:
1. Trazabilidad con registro fotográfico llamada Cadena de Custodia en las ciencias forenses, esto para evitar errores (ya que he visto horrores en las historias del personal que fue despedido por un error).
2. Insumos nuevos y comprobados sin abrir, frente al evaluado (de lo contrario, puede argumentar que estaba siendo engañado).
3. Contramedidas para verificar que no se esté manipulando el examen, las cuales sean secretas (ya que, en caso de manipulación del examen, puede ser fácilmente burlado, en presencia de aplicadores inexpertos).
¿CUÁNDO?
Son exámenes preventivos y deben ser bien utilizados, porque crean una cultura de sanidad, en caso de maquinaria pesada, una cultura de seguridad. No es para despedir personal aunque puede llegar a ser malutilizado con este fin. Lo mejor es negociar una política de prevenir.
Digamos que para fines prácticos es una auditoría.
MUY IMPORTANTE:
POR LO QUE, ANUNCIAR LA POLÍTICA, PREVIENE CONSUMOS A QUIÉNES REALMENTE LES INTERESA EL TRABAJO.
PERO LA APLICACIÓN, DEBE SER INFRAGANTI PARA GARANTIZAR QUE NO SE PREPAREN LOS EMPLEADOS (YA QUE SON 80% EXACTOS PUEDEN SER DISMINUIDAS LAS SUSTANCIAS CON EL TIEMPO Y LOS EMPLEADOS QUE QUIERAN MANIPULARLO
Posteriormente de la infragancia, da la facilidad de elegir fechas, las cuales son más consumidos los estupefacientes en:
FECHAS DECEMBRINAS
CELEBRACIONES COMO CUMPLEAÑOS
SABADOS O LUNES
Es mejor aplicarlos y, si no hay sospechas, de manera aleatoria es más fortuito.
Si lo que se busca es confirmar sospechas:
Se recomienda que un experto perfile los rasgos porque no siempre significa que alguién consumió que sea un mal empleado.
Además que, en nuevos ingresos es esencial el notificarles y revisar quiénes son los perfiles que causarán más riesgo.
Existen cursos en 6C y en otras empresas. Para cotizar un curso de aplicación y perfilación contacta a direccion@6consultorias.com
6C II ACADEMY II RECONOCIENDO EL ABUSO DE DROGAS Y ALCOHOL PARA EMPLEADOS
¿Usted conoce a alguien adicto a las Drogas o al Alcohol? ¿Piensa implementar una política o certificación interna?
Hay una gran probabilidad que usted trabaje con alguien con este tipo de problema. Este importante programa ayudará a que sus empleados reconozcan como el alcoholismo y abuso de drogas en su ambiente de trabajo y les dará herramientas para manejarlo.
Apariencia física
Comportamiento y desempeño en el trabajo
Detalles
Formato(s) Presencial o Transmisión de video, Guía Electrónico de Líderes, Curso en HTML5
Idioma(s) Español, Inglés - Estados Unidos, Portugués
Duración de video 60 minutos
¿PARA QUÉ?
Las drogas han sido demonizadas, no son el origen del problema:
Según los conservadores:
En el artículo Consumption of alcohol and other drugs in the occupational environment por Enriqueta Ochoa Mangado, Agustín Madoz Gúrpide Servicio de Psiquiatría. Hospital Universitario Ramón y Cajal. Madrid. España. Centro de Salud Mental de San Blas. Madrid. España.
Dirección para correspondencia.
EN RESUMEN
El consumo de alcohol y otras drogas tiene una elevada prevalencia en la sociedad en general, y también entre la población trabajadora, repercutiendo sobre el medio laboral.
La repercusión del consumo de estas sustancias en el medio laboral es muy importante (enfermedades, accidentes laborales, absentismo, incapacidades laborales, disminución de la productividad). Se valora la necesidad de una política en el medio laboral encaminada a prevenir o minimizar los riesgos laborales derivados del consumo de estas sustancias, con programas de prevención y apoyo que aporten información básica de referencia y orienten al abordaje asistencial de los trabajadores afectados.
Por lo que los críticos como los seguidores del modelo de manejo de drogas de Portugal 2001, saben que se utiliza más fácilmente la verificación de trastoronos de adicción que un simple consumo.
“
Dejemos claro lo que hizo Portugal. Primero, no cambió las leyes contra el narcotráfico: los traficantes todavía van a la cárcel. Y no precisamente legalizó el uso de las drogas, si no que más bien hizo que la compra o la posesión de pequeñas cantidades (un suministro hasta para 10 días) no sea un crimen, si no un delito administrativo, como una infracción de tránsito.
“Los infractores son citados a una audiencia con una “Comisión de Disuasión”, una reunión informal alrededor de una mesa de conferencia con trabajadores sociales que tratan de impedir que un usuario casual se vuelva adicto”.
“La evidencia es que el uso de las drogas se ha estabilizado o disminuido desde que Portugal cambió el enfoque, sobre todo en lo que respecta a la heroína”.
“En encuestas, la proporción de jóvenes de 15 a 24 años que dicen que han usado drogas ilícitas en el último mes cayó casi a la mitad desde la descriminalización”.
En 1999, Portugal tenía el índice más alto de sida relacionado con las drogas en la Unión Europea; desde entonces, los diagnósticos del VIH atribuido a inyecciones han bajado en más del 90 por ciento”.
“También es más barato tratar a las personas que encarcelarlas. El Ministerio de Salud gasta menos de 10 dólares por ciudadano por año en su política antidrogas”.
El reporte refiere que a raíz de la nueva estrategia de Portugal en el manejo de las drogas ha desmejorado el negocio del narcotráfico, la economía ha crecido, la seguridad se ha fortalecido y menos personas se auto-suministran drogas.
El médico portugués Joao Goulao, responsable del Plan Nacional de drogas de Portugal, ha sido cuestionado por muchos mandatarios de todo el mundo. En afirmaciones a la prensa declara que: “al principio fuimos muy criticados”.
“La Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (ONU) reaccionó de manera airada e implacable contra la decisión lusitana: no les cabía en la cabeza”.
Refiere que: “ahora las cosas han cambiado por completo”, “ahora nos señalan como ejemplo a seguir, como el mejor ejemplo del espíritu de la convención”.
[...]
El impulsor de esta política ha dicho que el “el éxito se debe a una buena combinación de la ley y los servicios que hemos prestado. Cuesta mucho encontrar a alguien en Portugal que esté en contra de este modelo”.
En México un impulsor abierto de esta estrategia es Santiago Roel, Director y Fundador del Semáforo Delictivo, quien considera que en México “las drogas se venden con toda libertad e impunidad por todas partes, empezando por los compañeros de escuela de sus hijos”.
Sostiene que al prohibir las drogas “el Estado le otorgó un negocio a las mafias, y sus hijos corren grandes riesgos de ser reclutados como vendedores o como consumidores. En el mejor de los casos consumen marihuana, en el peor corren peligro de morir por alguna droga de alto riesgo o por la bala de un grupo rival”.
Afirma que la regulación implica quitar ese negocio a las mafias para proteger a los jóvenes. “En todos los países que se ha regulado una o varias drogas, el consumo entre jóvenes ha disminuido y las muertes por consumo de droga se han eliminado o reducido”.
Cada país tiene formas, culturas y costumbres diferentes, en el tema de drogas y narcotráfico no es la excepción. Mientras algunos países pasan a la historia malos o nulos resultados en este tema, muchos estadistas han puesto los ojos en Portugal.
Imagen: Edición TBN // images.turismoenportugal.org
En resumen, es una medida de disminución de riesgos empresariales tanto accidentes como perder certificaciones benéficas para la empresa.
Aun cuando son muy polémicos, si se utilizan adecuadamente, el logro es reducir problemática de adicciones, no consumos esporádicos ya que será más fácil detectar un consumo habitual por las fechas y por las dosis, lo cual brinda algo menos de qué preocuparse en las empresas.
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